Tramitamos su crédito formativo 100%

Su empresa dispone de una bonificación anual para la formación de sus trabajadores, que se puede hacer efectiva descontándola de la cuota de la Seguridad Social del mes siguiente a haber realizado la formación. El porcentaje que puede deducirse será mayor cuanto menor sea el tamaño de su empresa.

  • Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100%
  • Empresas de 10 a 49 trabajadores: 75%
  • Empresas de 50 a 249 trabajadores: 60%
  • Empresas de 250 o más trabajadores: 50%

Condiciones

Para beneficiarse de ésta bonificación y financiar la formación de sus trabajadores, su empresa deberá cumplir los siguientes requisitos:
  • Que el centro de trabajo esté ubicado en el territorio del Estado Español.
  • Que desarrolle formación para sus trabajadores y cotice por la contingencia de formación profesional.
Para que una acción formativa pueda ser bonificada, deberá cumplir los siguientes requisitos:
  • Notificar la formación con una antelación mínima de 7 días naturales.
  • Máximo 8 horas diarias de formación por trabajador al día.
  • Duración de la acción no inferior a 6 horas.
  • Que la formación finalice antes del 31 de Diciembre.
  • IenR FE pone a su servicio a nuestro equipo de profesionales que le asesorarán durante todo el proceso.
contenido
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